El alcohol nos reduce la capacidad para conducir mucho más de lo que pensamos, ingerido en pequeñas cantidades tiene unos leves efectos sobre nuestros reflejos y atención que ante una situación que requiera una reacción rápida por nuestra parte, puede restarnos unas décimas de segundo que marcan la diferencia entre salir inmunes o sufrir un grave accidente. Por ello es de vital importancia cumplir con las tasas legales sobre todo por nuestra propia seguridad y la del resto de automovilistas. Aquí te explicamos cuanto tiempo tengo para renovar el carnet de conducir.

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¿Qué necesitas saber si algún día te someten a un control de alcoholemia?
En primer lugar debemos saber que la prueba es obligatoria y si nos negamos a realizarla estaremos expuestos a una acusación penal que puede condenarnos entre 6 meses y un año de cárcel (aunque en la práctica y si no hemos sido condenados previamente por otro delito, no lleguemos a pisar el centro penitenciario). Por lo tanto es mejor siempre colaborar con los agentes.
El agente nos hará indicaciones de detener el coche, nos hará soplar por un alcoholímetro pero antes debe abrir delante nuestro una boquilla de plástico que se pone en la parte superior. Las boquillas no se pueden reutilizar puesto que han podido quedar restos de alcohol de la persona que ha soplado previamente, por ello debemos fijarnos que la abran delante nuestro.
Sanciones y delito penal
La tasa a partir de la cual nos pueden sancionar en España es de 0,5 gr por litro de sangre (0,25 mg/litro en aire).
En caso de el resultado sea inferior podremos continuar la marcha en cuanto el agente nos de paso. Si por el contrario hemos dado positivo en la prueba ésta se deberá repetir en un intervalo de tiempo de al menos 10 minutos. Si esta segunda vez hemos dado positivo el agente nos comunicará que hemos incurrido en una infracción muy grave que conlleva la pérdida como mínimo de 4 puntos y una sanción económica de 500 €. Si el resultado de la prueba es superior a 0,5 mg/litro en aire espirado, la sanción será igualmente de 500€ pero nos quitarán 6 puntos del carnet. Las cantidades de alcohol a partir de las cuales se considera positivo el test son inferiores tanto para conductores con menos de 2 años de antigüedad en su carnet de conducir, así como para conductores profesionales.
Si en la prueba superamos los 0,6 mg/litro en aire espirado se considera que hemos incurrido en un delito penal y no en una mera infracción administrativa por lo que nos pueden condenar en un juicio rápido para el que necesitaremos la asistencia de un abogado, bien sea este de oficio o particular. La pena oscila entre 3 y 6 meses de cárcel a lo que se suma la retirada del carnet de conducir por un período entre uno y cuatro años.
En julio de 2013 el Consejo de Ministros anunció que se está tramitando una reforma de la Ley de Tráfico que prevé un endurecimiento sobre algunas sanciones entre las que se encuentran las de tasas de alcohol y que pueden pasar a ser de 1000 euros.
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