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Carnet de Conducir por puntos

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El carnet de conducir por puntos ha cumplido siete años desde su implantación en nuestro país allá por el año 2006. Tras la controversia y cierta resistencia inicial por un sector de la sociedad, se ha comprobado que la idea ha sido todo un éxito sobre todo si tenemos en cuenta las estadísticas de muertos en las carreteras en los últimos años, aunque este hecho es difícil de ser explicado por ésta única variable puesto que tiene igualmente una influencia enorme los increíbles avances tecnológicos que han experimentado los vehículos en materia de seguridad y tampoco podemos obviar las mejoras de nuestras vías de circulación.
carnet de conducir por puntos

En qué consiste el carnet por puntos

El concepto del Carnet de Conducir por puntos es muy sencillo: Todos los conductores partimos con un saldo de 12 puntos (conductores con más de 3 años de experiencia), determinadas infracciones (no todas), nos irán mermando este saldo. Según sea la gravedad de la sanción puede suponer la pérdida de 2, 3,4 o 6 puntos. Para que nos quiten 6 puntos de golpe debemos haber incurrido en una falta calificada como muy grave, como son la conducción temeraria o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 g/litro.

Si queremos consultar el saldo de puntos solo tenemos que ir a la web de la dgt e introduciendo nuestro DNI lo consultamos online.

¿Qué hacer si nos quedamos sin puntos?

Pues tenemos dos opciones.

1- Si nos han quitado pocos puntos por una infracción puntual y estimamos que por nuestra forma de conducir e historial al volante, la posibilidad de cometer otra infracción es realmente baja, lo más cabal es dejar pasar simplemente el tiempo, teniendo especial cuidado en cumplir lo más a rajatabla como nos sea posible el código de circulación y de este modo a los dos años sin cometer ninguna infracción se nos vuelve a poner el marcador con los 12 puntos con que contábamos inicialmente.

2- Si por el contrario somos conductores profesionales como transportistas, taxistas, comerciales que dependemos del vehículo para desarrollar nuestro trabajo, no nos quedará otra que realizar uno de los cursos de reeducación vial en un centro autorizado para de este modo y previo pago de 200,21 € recuperar como mucho 6 puntos. Este curso lo podemos realizar una vez cada 2 años pero si somos conductores profesionales se nos permite realizarlo anualmente.

Si hemos perdido todos los puntos del carnet la situación es distinta ya que de entrada nos quitan el permiso de conducir por un período mínimo de 6 meses. Posteriormente tendremos que realizar un curso de 24 horas lectivas cuyo importe es de 376 € y por último presentarnos a un examen teórico que nos habilitará de nuevo nuestra capacidad legal de conducción.

Multas: Descuento por pronto pago

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– Ding – dong

– ¿Quién es?

– El cartero, le traigo una carta certificada de Tráfico.

Esta es una de las formas por las que nos pueden comunicar la sanción firme ante una infracción de tráfico. La otra es cuando nos para directamente la guardia civil o los agentes de policía local y nos expiden el boletín de denuncia en el mismo momento, con lo que de esta forma se entiende realizada la notificación y ya no recibiremos en nuestro domicilio ningún otro aviso.

Ya sea de una u otra forma debemos saber que desde ese momento disponemos de un plazo de 20 días para presentar alegaciones si consideramos fundadamente que la sanción es injusta.
multas descuento por pronto pagoDebemos conocer un dato importante y es que si renunciamos a recurrir la multa y la pagamos en el período de tiempo estipulado que generalmente son 20 días, podremos beneficiarnos de una reducción del 50% del importe de la multa.  Por tanto es importante que nos informemos bien antes de presentar ninguna alegación porque en el caso de que la resolución no nos sea favorable no nos quedará más remedio que pagar el importe completo.

Hoy en día hay multitud de empresas que se dedican profesionalmente a la gestión de recursos de multas que bien sea por defectos de forma o de fondo y debidamente probados y argumentados consiguen un porcentaje de éxito bastante aceptable. Este mismo servicio nos lo prestan algunas compañías aseguradoras de coches por lo que no estaría de más echar un vistazo a la póliza y consultar si tenemos incluido este servicio.

Los conductores profesionales (taxistas y transportistas fundamentalmente), no pueden permitirse quedarse sin carnet de conducir durante un tiempo puesto que lo necesitan para realizar su trabajo y se exponen a importantes pérdidas económicas cuando no a un despido. Es por ello por lo que intentarán recurrir la multa por todos los medios, claro que esto tiene un coste que en ocasiones también puede ser elevado.

Recurso tras recurso

Una multa por infracción leve suele ser por un importe de 100€, las graves 200€ y las muy graves 500€. Como hemos señalado anteriormente estas cantidades se verán reducidas a la mitad en el caso de que realicemos el pronto pago.  Si decidimos presentar un recurso y este nos es desfavorable todavía podremos seguir intentando librarnos de la sanción pero ya por la vía jurídico administrativa.  En este caso tenemos que sumar las tasas judiciales que serán mínimo de 200€ para faltas leves y graves y de 350€ en el caso de las muy graves.

Normalmente no estamos familiarizados con estos procesos administrativos así que recomendamos ponernos en manos de profesionales para evaluar las posibilidades reales de que nuestro recurso llegue a buen término. Por ejemplo una multa por una falta muy grave pagada en primera instancia se vería reducida a 250€ pero si recurrimos y posteriormente seguimos litigando con la esperanza de no tener que pagarlos al final podemos ver como el monto total a abonar entre la multa, tasas y gestiones puede superar los 1000€.

Embargo de cuenta

La inactividad también tiene su precio y es que si decidimos no pagar la multa ni en el período inicial ni cuando pasa el período de alegaciones, lo único que podemos conseguir es que nos embarguen la cuenta bancaria inmovilizando el dinero suficiente para hacer frente al pago de la multa más los correspondientes intereses de demora.

Que coches usan los taxis

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Es frecuente que cuando nos planteamos la compra de un vehículo familiar topamos con que uno de los modelos preseleccionados es un coche adoptado en masa por los taxistas, más información aquí. Esto tiene una doble lectura que nos puede acercar o alejar de la toma de decisión final de compra. En primer lugar, el que sea un modelo frecuente mente usado como taxi nos da una idea de que es un coche fiable, porque los taxistas cada día que el coche está parado es un día que no cobran. Pero por otra parte y desde el punto de vista meramente estético, a nadie le gusta que confundan su coche con un taxi. Esto desde luego tiene fácil solución y es pedir el coche en un color diferente del color de los taxis de nuestra ciudad.
coche para taxiLos taxistas siempre han sido un gremio bastante homogéneo en cuanto al vehículo que han decidido usar. Hasta hace unos años y fundamentalmente en la ciudad de Madrid, se acumulaban en las paradas los Skoda Octavia, hasta el punto de que era extraño encontrar otros modelos de taxis circulando. Se trata de un coche robusto, económico, con un motor fiable que llegaba frecuentemente a los 600.000 kilómetros y su consumo también se encontraba entre los mejores de su gama.

Los híbridos entran con fuerza.

Pero de unos años acá han irrumpido con fuerza los vehículos híbridos y dentro de estos destaca sobre todos los demás el Toyota Prius. Hoy en día más de la mitad de los nuevos taxis compran este modelo y si no se hace en mayor medida es porque el fabricante ha establecido unas cuotas máximas.

El Prius gana por goleada a otros modelos en consumo (unos 5 litros/100km por ciudad). La principal razón es que a menos de 50 km/h el vehículo se mueve propulsado por el motor eléctrico que para el frecuente parar y arrancar de la conducción en ciudad, es mucho más eficiente. Además el coste de mantenimiento es menor y por si fuera poco la marca ofrece una ampliación de garantía hasta los 8 años o 160.000 km que suponen un alivio para estos profesionales del coche.

La comodidad de marcha es inmejorable, aceleraciones uniformes, sin los tirones típicos de los motores de explosión . El único pero que se le puede poner es que el maletero no es tan amplio como el de otros modelos y tiene unos acabados demasiado de batalla, se notan demasiado los plásticos en el interior. Todavía en las ciudades, debemos acostumbrarnos a este tipo de vehículos porque este vehículo se desplaza por la ciudad en silencio y el conductor debe tener esto presente en zonas muy concurridas porque alguien puede intentar cruzar la calle “de oído” y llevarnos un susto, por tanto se acabó lo de cruzar sin mirar.

El futuro pasa por los eléctricos

Un modelo que se está haciendo con gran parte del mercado del taxi en otras ciudades como por ejemplo en Nueva York, es el Nissan NV200 y su modelo completamente eléctrico. Es un coche a medio camino entre la berlina y la furgoneta que permite transportar a 6 pasajeros además del conductor, con lo que de este modo se evita en muchos casos el pedir 2 taxis y así conseguir un precio por persona más reducido. Además se trata de un modelo fabricado en la Zona Franca de Barcelona con lo que estaríamos contribuyendo a su vez a dar trabajo en la península.

Por tanto y a modo de resumen, escoger como vehículo particular un modelo típico de taxi será sin duda un acierto sobre todo si el uso que vamos a darle va a ser intensivo y además por ciudad gran parte de los kilómetros.

Control de alcoholemia

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El alcohol nos reduce la capacidad para conducir mucho más de lo que pensamos, ingerido en pequeñas cantidades tiene unos leves efectos sobre nuestros reflejos y atención que ante una situación que requiera una reacción rápida por nuestra parte, puede restarnos unas décimas de segundo que marcan la diferencia entre salir inmunes o sufrir un grave accidente. Por ello es de vital importancia cumplir con las tasas legales sobre todo por nuestra propia seguridad y la del resto de automovilistas. Aquí te explicamos cuanto tiempo tengo para renovar el carnet de conducir.

control de alcoholemia

luke Bryant flickr

 

¿Qué necesitas saber si algún día te someten a un control de alcoholemia?

En primer lugar debemos saber que la prueba es obligatoria y si nos negamos a realizarla estaremos expuestos a una acusación penal que puede condenarnos entre 6 meses y un año de cárcel (aunque en la práctica y si no hemos sido condenados previamente por otro delito, no lleguemos a pisar el centro penitenciario). Por lo tanto es mejor siempre colaborar con los agentes.
El agente nos hará indicaciones de detener el coche, nos hará soplar por un alcoholímetro pero antes debe abrir delante nuestro una boquilla de plástico que se pone en la parte superior. Las boquillas no se pueden reutilizar puesto que han podido quedar restos de alcohol de la persona que ha soplado previamente, por ello debemos fijarnos que la abran delante nuestro.

Sanciones y delito penal

La tasa a partir de la cual nos pueden sancionar en España es de 0,5 gr por litro de sangre (0,25 mg/litro en aire).

En caso de el resultado sea inferior podremos continuar la marcha en cuanto el agente nos de paso. Si por el contrario hemos dado positivo en la prueba ésta se deberá repetir en un intervalo de tiempo de al menos 10 minutos. Si esta segunda vez hemos dado positivo el agente nos comunicará que hemos incurrido en una infracción muy grave que conlleva la pérdida como mínimo de 4 puntos y una sanción económica de 500 €. Si el resultado de la prueba es superior a 0,5 mg/litro en aire espirado, la sanción será igualmente de 500€ pero nos quitarán 6 puntos del carnet. Las cantidades de alcohol a partir de las cuales se considera positivo el test son inferiores tanto para conductores con menos de 2 años de antigüedad en su carnet de conducir, así como para conductores profesionales.

Si en la prueba superamos los 0,6 mg/litro en aire espirado se considera que hemos incurrido en un delito penal y no en una mera infracción administrativa por lo que nos pueden condenar en un juicio rápido para el que necesitaremos la asistencia de un abogado, bien sea este de oficio o particular. La pena oscila entre 3 y 6 meses de cárcel a lo que se suma la retirada del carnet de conducir por un período entre uno y cuatro años.

En julio de 2013 el Consejo de Ministros anunció que se está tramitando una reforma de la Ley de Tráfico que prevé un endurecimiento sobre algunas sanciones entre las que se encuentran las de tasas de alcohol y que pueden pasar a ser de 1000 euros.

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